En las ultimas horas del Sábado el Comité de Emergencia de Rosario de Lerma anunciaba en sus redes sociales que los comercios que así lo deseen pueden abrir al publico, respetando los protocolos, el día Lunes 14 y Martes 15 de Septiembre.
«Se informa a la comunidad que para los días lunes y martes, los comerciantes que así lo decidan, estan habilitados para abrir sus comercios sin restricciones, en sus horarios habituales hasta las 22 horas, los gastronómicos y delivery de comidas hasta las 24 horas.»
«Se recuerda, además, que por disposición del COEM hoy domingo se mantiene la medida de suspensión de las actividades comerciales en general, incluidas las gastronómicas como así también las actividades recreativas en plazas y parques ; a excepción de farmacia de turno y estación de servicio de combustibles. Se recomienda a la comunidad mantener la distancia social, utilizar correctamente el barbijo y lavarse frecuentemente las manos. Nos cuidemos entre todos!» finalizó el breve comunicado
Se recuerda que mediante la resolución Nº 51, el Comité Operativo de Emergencia dispuso que desde mañana, 14 de setiembre no abran sus puertas los bancos, ni las empresas de cobranzas de impuestos y servicios.
El documento establece que «el 14 de setiembre del 2020, las entidades bancarias, financieras y cambiarias no podrán abrir sus sucursales y anexos para brindar atención presencial al público en todo el territorio de la provincia. Podrán prestar sus servicios de manera remota y/ o virtual, y adoptar todas las medidas necesarias, incluyendo el recurso humano, para garantizar la provisión de fondos de cajeros automáticos, conforme el mismo funcionamiento operativo que tienen previstos para días feriados».
También dispone que el 14 de setiembre, empresas extrabancarias de cobranzas de impuestos y servicios no podrán abrir sus locales para brindar atención presencial al público en todo el territorio de la provincia.
Mediante resolución Nº 48/2020, el COE dispuso suspender en el departamento Capital, desde el 9 y hasta el 15 de setiembre inclusive, ciertas actividades (religiosas, gastronómicas, apertura de centros comerciales, galerías, ferias, peluquerías, comercios en general, etc), con la excepción de aquellas esenciales, a los efectos de disminuir la circulación de personas y por consiguiente, el incremento de contagios.